lunes, 16 de septiembre de 2013

Las modificaciones de créditos y los reconocimientos extrajudiciales de facturas

Si el lector le ha echado un vistazo al cuadro-resumen de la liquidación del presupuesto de gastos  del ayuntamiento de Valencia verá cómo hay una gran diferencia entre los créditos iniciales (es decir, el tope de gasto aprobado en pleno del año anterior) y los definitivos. En concreto, se trata de más de 166 millones de euros. Estas modificaciones atañen principalmente a dos grandes bloques de gastos: el gasto corriente en bienes y servicios y la partida de inversiones reales (ver explicación de los capítulos económicos).



Podría pensarse que el Ayuntamiento decidió ofrecer más o mejores servicios, o aumentar o mejorar equipamientos, o construir más infraestructuras de las previstas, o mejorar las existentes. Aunque no lo percibimos, pues cada vez se baldean menos y peor las calles, la limpieza de los contenedores de basura también va en retroceso, más bien vemos que disminuyen los servicios y la calidad de estos. 

La explicación la encontramos en los reconocimientos extrajudiciales de facturas (volveremos en un nuevo post sobre este tema). Resulta que cuando el ayuntamiento deja a deber obligaciones a fin de ejercicio (ver columna llamada "obligaciones pendientes de pago a 31/12"), éstas no las está trasladando al presupuesto del año siguiente. Pero tiene que pagarlas, claro está. Se trata de obligaciones reconocidas: bienes adquiridos, y puede que incluso ya consumidos totalmente, durante el año, cuya adquisición se autorizó por estar prevista dicha adquisición en el presupuesto del año, pero, por algún motivo, no se pagaron, debiendo entenderse que no es que no se pagaran por malicia o desidia, sino por no disponer de los fondos necesarios. O servicios, contratados en los mismos términos. Y si nos fijamos, el ayuntamiento dejó a deber casi 114 millones de euros. La mayoría de esas obligaciones reconocidas (es decir, "legales") generan (es decir, dan lugar a) intereses de demora, que en buena ley se adeudarían en el momento de pagarse las facturas. (Lo más sangrante es que esos intereses de demora no se pagarán si no se reclaman, y no se pueden reclamar en su totalidad hasta conocerse la fecha de pago. Debe además tenerse en cuenta que los intereses se devengan entre el momento de su registro (no la fecha de factura) y el del mandamiento de pago (y no la recepción del mismo).

Estos pagos los podemos ver en la Cuenta General, en la información sobre ejercicios cerrados  (o anteriores, pág. 429 y siguientes en el "tochazo" de la Cuenta General), en este caso referida a "obligaciones de presupuestos cerrados". Si nos fijamos, vemos que a principio de año había contabilizados casi 144,5 millones de euros de ejercicios anteriores, y se pagaron poco más de 139 euros.

Podemos concluir entonces, que de los 166 y pico millones de euros en que se subió (modificación de créditos) el tope de gasto (es decir, el total de créditos definitivos ), casi 140 millones se gastaron en pagar deudas (facturas, principalmente) antiguas. Y si nos fijamos nuevamente en el resumen de gastos, vemos que ¡otra vez en el capítulo 2! quedan a deber 83 millones de euros.



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